"TU COMITÉ DE EMPRESA "
Con la finalidad de que todos conozcamos los Órganos que nos representan ante la Administración, os facilitamos información sobre la Junta de Personal, en la cual los sindicatos cuentan con representación.
SI NECESITAS DE ELLA, PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS.
JUNTA DE PERSONAL DOCENTE
interino2008@gmail.com
JUNTA DE PERSONAL DOCENTE
Composición .-
Está constituida por un Presidente/a, Secretario/a y un miembro de las organizaciones sindicales que hayan obtenido representación mediante las elecciones. El Presidente/a y Secretario/a serán elegidos mediante votación y por mayoría. Cada delegado tiene derecho a voto.
Actuaciones .-
· Emitir informes y realizar propuestas a la Delegación Provincial sobre la situación de los Centros Educativos, sobre todo en lo referente a la " ratio profesor-alumno", a las plantillas, instalaciones y dotaciones de materiales.
· Ser tenida en cuenta por la Delegación Provincial sobre el cierre de escuelas, ampliación o supresión de unidades de los Centros.
· Ser tenida en cuenta en la programación de construcciones escolares e inversiones.
· Ser tenida en cuenta a la hora de la distribución del presupuesto.
· Ser tenida en cuenta en todas las decisiones que la Delegación Provincial inicia referente a la organización o variación de horarios de Centros.
· Examinar libremente la gestión de los distintos departamentos de la Delegación Provincial.
· Ser consultada por la Delegación Provincial sobre los criterios básicos de la oferta pública de empleo.
· Velar para que los procesos de contratación y selección del personal docente se atengan a los criterios de racionalidad, objetividad, justicia y publicidad.
· Conocer los expedientes graves o muy graves abiertos al personal docente y velar para que se garanticen sus derechos.
· Ser tenida en cuenta en la elaboración del calendario escolar.
· Ser tenida en cuenta en todo lo referente a Comisiones de Servicio.
· Todas aquellas otras que se deriven de una interpretación flexible del actual ordenamiento jurídico.
Finalidades.-
· Atender todos los asuntos generales de problemas laborales y condiciones de trabajo, estableciendo un servicio regular de consulta ; así como las reclamaciones que se puedan plantear.
· Vincular su actividad con la Administración.
· Promover e impulsar cuantas iniciativas considere oportunas en defensa de los intereses de sus representados.
Todas las decisiones se tomarán por mayoría absoluta.
Para poder llevar a cabo su cometido, La Junta de Personal, cuenta con los siguientes Órganos:
a) Órganos Colegiados : Pleno, Comisión Permanente y Comisiones informativas.
b) Órganos unipersonales : Presidente/a y Secretario/a.
PLENO .‑
Está compuesto por todos los miembros de la Junta de Personal. A las sesiones del Pleno pueden asistir, con voz pero sin voto, los Delegados/as de Sección Sindical ( representantes no votados en las urnas , sino nombrados por el Sindicato). El Pleno es el órgano soberano de la Junta de Personal. Sus acuerdos prevalecen sobre los de cualquier otro órgano de la misma.
Celebrará reuniones ordinarias .como mínimo, en el Primero y Tercer trimestre del curso escolar y todas las veces que se consideren necesarias.
Podrá celebrar reuniones extraordinarias.
Todos los acuerdos de la Junta de Personal serán adoptadas en el Pleno , o en su defecto, en la Comisión Permanente, siempre decidido por unanimidad.
COMISIÓN PERMANENTE .‑
Está constituida por el Presidente/a , Secretario/a y un miembro representante de cada organización sindical con representación en la Junta de Personal. Cada miembro cuenta con un número de votos igual al número de delegados obtenidos por su sindicato en las últimas elecciones.
Se reunirá con carácter ordinario el primer y tercer miércoles de cada mes del curso escolar , y cuantas veces estime oportunas la misma comisión.
COMISIONES INFORMATIVAS.‑
a) De Seguridad y Salud Laboral.
b) Todas aquellas que en su momento considere oportunas el Pleno o la Comisión Permanente.
Las Comisiones informativas estarán compuestas por un miembro de cada Sindicato con representación en la Junta de Personal.
La función de estas Comisiones es el estudio, informe y consulta de asuntos que tengan que ser sometidos a la Comisión Permanente o al Pleno.